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Reciente Legislación sobre la Justicia Penal en California: La Proposición 57 allana el camino para una nueva reforma de un sistema carcelario sobrepoblado

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Por: Veronica Henderson, Abogada

El 8 de noviembre, fueron presentadas a los votantes de California varias proposiciones relacionadas con la reforma de la justicia penal. La Proposición 57, en gran parte idea del Gobernador Jerry Brown, es un esfuerzo para recalibrar el sistema de justicia penal de California, devolviendo ciertos poderes de los fiscales a jueces, juntas de libertad condicional y funcionarios de la prisión. Aunque hubo una fuerte oposición por parte de ciertas oficinas de las fiscalías de distrito debido a la preocupación sobre la liberación de prisioneros que han sido condenados por delitos graves, los votantes dijeron que sí a la Proposición 57, casi por una mayoría de dos tercios. ¿Qué significa esto para la gente de nuestra área?

La Proposición 57 requiere que los jueces, en lugar de los fiscales, determinen si una persona menor de 18 años puede ser juzgada como un adulto. Cualquier fiscal que desee que un caso sea transferido a un tribunal de adultos tendría que discutir con éxito el asunto ante un juez, quién tendría la última palabra sobre el lugar donde se procesaría al acusado. Esto deshace la Propuesta 21, aprobada en el 2000, que permitió a los fiscales escoger entre tribunales de menores y adultos. Muchos abogados de distrito ahora reconocen que la medida de justicia juvenil del 2000 era excesiva y necesitaba ser revertida.

Una segunda gran área de cambio abordada por la Proposición 57 se refiere a la liberación de ciertos presos adultos que han sido condenados por delitos no violentos. Bajo esta nueva legislación, algunos reclusos pueden solicitar audiencias de libertad condicional y recibir libertad condicional después de haber completado sus penas de prisión base y haber comenzado a servir la porción de mejora de sus penas. Esta legislación crea nuevas oportunidades para que los presos obtengan créditos adicionales, como participar en programas de rehabilitación, esfuerzos educativos y buen comportamiento. Muchos de estos programas no se han ofrecido antes.

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Aunque esta es una forma de “liberación temprana”, la libertad condicional no es un concepto nuevo en California, y California está obligado a través de una orden judicial federal a reducir su población carcelaria. Por supuesto, la libertad condicional no es automática, ni será bajo los términos de la Proposición 57. Los presos que solicitan la libertad anticipada deben pasar la prueba de seguridad pública para ser elegibles para la libertad condicional. Se prevé que aproximadamente 7,000 reclusos serán inmediatamente elegibles para la consideración de la libertad condicional. El departamento que administra prisiones en California se llama formalmente “Departamento de Correcciones y Rehabilitación de California”. Los programas de rehabilitación en las cárceles serán implementados bajo esta legislación, y los internos ya no serán simplemente almacenados.

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