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Exhibición de Información Íntima

Por: Terry Ahtziry Cárdenas Banda, abogada y catedrática.

El internet y las redes sociales se han convertido en nuestro principal canal de comunicación en estos días, todos los aspectos de nuestra vida son continuamente compartidos y expuestos a través del internet. En estos días es muy fácil compartir cualquier tipo de información personal a través de las redes sociales o medios electrónicos. Se esta volviendo cada vez más fácil exponer nuestras vidas en las redes, y también para que otros puedan llegar a exponer nuestra información íntima en las redes sociales. ¿Qué pasa si esto ocurre? ¿Tienen el derecho a exponerme? ¿Tengo algún tipo de defensa? ¿Puedo comenzar un procesal legal en contra de quién me expone? Estando en la zona fronteriza nuestros datos personales pueden llegar ha exponerse tanto en México como en Estados Unidos de América, por ello este artículo se avocará a identificar las regulaciones y medios de defensa que se proveen en Baja California, México y California, EUA.

En este mes de octubre el estado de California aprobó el Proyecto de Ley 255 del Senado, el cual reformo la sección 647 del Código Penal estatal, dónde hace ver la urgencia de proteger la exposición de información íntima sin el consentimiento de la persona y declarar delitos ciertas acciones que exhiben dicha información. La reforma añade un apartado que impone una sanción de hasta seis meses de cárcel y una multa de hasta $1,000 dólares “a cualquier persona que fotografíe o grabe por cualquier medio la imagen de la parte íntima del cuerpo o partes de otra persona identificable, en circunstancias en que las partes acuerden o entiendan que la imagen permanecerá privada, y la persona posteriormente distribuye imagen tomada, con la intención de causar angustia emocional grave, y la persona representada sufre angustia emocional grave.”  En el caso de menores de edad los padres tienen el derecho de solicitar que la información íntima sea removida inmediatamente de las redes sociales o medios electrónicos por protección del menor, así como también proceder legalmente contra quien allá expuesto dicha información.

Antes de la promulgación de esta ley el estado de California permitía que las víctimas demandaran a quién los exponía a través de un proceso civil sin embargo esta vía es muy costosa y consume mucho tiempo. Con la nueva reforma las víctimas tienen una vía penal por la cuál hacer valer sus derechos con la ayuda de las autoridades que buscarán proteger a la víctima y hacer justicia a través de un proceso penal.

Por su parte en Baja California en su artículo 175 del código penal del estado se establece que “a quien teniendo relación de parentesco por consanguinidad, afinidad o civil, con la víctima u ofendido, o bien que se encuentra bajo la guarda o custodia, se aproveche de la confianza en el depositada, difunda, revele, transmita, reproduzca imágenes o audiovisuales, con contenido pornográfico sin su consentimiento, se le impondrá́ pena de prisión de seis meses a tres años y de doscientos a quinientos días de multa. Cuando exista animo lucrativo en la revelación del contenido a que se refiere este artículo, la pena de prisión se aumentará hasta en una mitad adicional.” Del mismo modo en el artículo 224 se regula el delito de extorsión que dice: “al que para obtener un lucro obligue a otro, a realizar u omitir un acto en perjuicio de su patrimonio o el de un tercero, se le impondrá́ prisión de seis a diez años y hasta cuatrocientos días multa.” El delito de extorsión aplica para en el caso que una persona sea amenazada con la exhibición de su información íntima sino accede a cierta petición, tal como el pago dinero por no exponer fotos, videos, etc.

La principal diferencia entre las dos regulaciones penales de los estados de California y Baja California es que la ley de California impone la pena a cualquier persona que cometa el delito de exhibición de información íntima de una persona tales como fotos, videos, entre otros, por su parte Baja California impone la pena si la persona tiene parentesco con la víctima y expone la información abusando de su confianza, sin embargo en el caso de extorsión es contra cualquier persona que llegará a exhibir a la persona. Por ello es importante en México actualizar nuestra legislación como otros Estados del país ya lo han hecho para proteger en toda su extensión este tipo de exhibiciones.

Aunado a lo anterior, es importante saber que la exhibición de información íntima es un delito y las víctimas tanto en México como en Estados Unidos pueden y deben denunciar ante las autoridades si sus derechos han sido violados de tal forma, existen medios de defensa y acciones que los protegen. Si haz sido víctima de este delito pide ayuda, identifica el contenido en las redes, contacta a las autoridades, consulta un abogado y comienza un procedimiento legal.

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