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Derechos de autor y dominio público

Por: Lic. Jaime Israel Dávila Gómez.

En materia de derechos de autor, el dominio público consiste en el cúmulo de obras cuyos derechos de autor no se encuentran vigentes, y por lo tanto pueden ser libremente utilizadas por cualquier, con la condición de que los derechos morales se respeten.

Los derechos que se tienen que respetar a pesar de que una obra sea de libre uso corresponden a los llamados derechos morales y son los siguientes: mencionar al autor de la obra, que la obra no se modifique y que no se utilice de alguna manera que afecte la reputación del autor o cause demérito en la obra.

En nuestro país los derechos patrimoniales (que son los que permiten la explotación) de autor tienen una vigencia que corresponde a toda la vida del autor y a 100 años a partir de su muerte, contándose los 100 años a partir del año siguiente al del fallecimiento del creador.

Una vez fallecido el autor y transcurridos los 100 años, es decir ya expirados los derechos patrimoniales, corresponde a su familia, o al Estado Mexicano en ciertos casos, hacer valor los derechos morales señalados dos párrafos atrás.

En la actualidad hay varios movimientos relacionados con los derechos de autor (Copyleft y Creative Commons, entre otros) que proponen esquemas o regulaciones que permiten a los autores crear obras que entran al “dominio público” desde que son creadas para su libre utilización por cualquier, sin embargo, al no estar conforme a la legislación mexicana, y ser ésta última restrictiva en cuanto a que no se pueden renunciar a los derechos de autor (sobre todo a los morales), hacer uso de estas obras “libres” siempre conllevan un riesgo y dependen enteramente de que el autor no haga valer sus derechos.

En los últimos años este tema se ha debatido con mayor frecuencia y fuerza pues han entrado al dominio público derechos de autor de mucho peso (Winnie-the-Pooh, por ejemplo) y en el futuro cercano entrarán otros (las primeras versiones de Mickey Mouse), lo que generará un debate muy interesante y criterios en materia de derechos intelectuales que no habíamos tenido la necesidad de generar como sociedad, pues la gran mayoría de los derechos de autor importantes en el mundo fueron creados hace no tanto tiempo (menos de 100 años), cuando las industrias del entretenimiento actuales tuvieron sus orígenes.

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