El 16 de abril se llevará a cabo una elección revocatoria contra el alcalde de Calexico Raúl Ureña y el concejal Gilberto Manzanares. Este proceso electoral, alimentado por crecientes preocupaciones e insatisfacción entre los residentes, tiene como objetivo abordar el desempeño y el liderazgo de estos dos funcionarios. A medida que se acercan las elecciones, la ciudad anticipa una animada temporada de campaña caracterizada por intensos debates, participación comunitaria y un proceso de toma de decisiones crucial que dará forma al futuro de la ciudad.
Pero a diferencia de las recientes elecciones revocatorias de alto perfil, como la elección revocatoria para gobernador de California contra Gavin Newsom hace unos años, esta elección local no tendrá candidatos para llenar la posición.
Según la Secretaría de Votantes del Condado Imperial, Linsey Dale, de conformidad con el Código Electoral §11382, no habrá elección para un sucesor en una elección revocatoria para un funcionario local. Si la mayoría de los votos a favor de la destitución son “SÍ”, el funcionario será destituido y el cargo quedará vacante hasta que se llene de acuerdo con la ley.
“En este caso, la Ciudad de Calexico podría hacer un nombramiento, celebrar otra elección especial para el reemplazo o consolidarse con las Elecciones Generales del 5 de noviembre de 2024. Cualquier sucesor designado o elegido cumpliría el tiempo restante del mandato hasta diciembre de 2026”, dijo Dale en un correo electrónico el 17 de enero.
La Sección 17.01.1114 del Código Municipal de Calexico establece que no se pueden publicar carteles de campaña más de noventa días antes de una elección. Los candidatos/grupos pueden “hacer campaña”, pero no pueden publicar ningún cartel de campaña hasta hoy (17 de enero), que es la marca de 90 días.
Las siguientes son fechas clave con respecto a la elección revocatoria que se encontraron en el sitio web de elecciones del condado que se comparte a continuación:
Según el Departamento de Elecciones del Condado de Imperial, del 25 de diciembre al 19 de enero, un funcionario cuya destitución se busca puede preparar una Declaración de Cualificaciones, que no exceda las 200 palabras, para incluirla en la Guía de Información Para el Votante. La declaración se mantendrá confidencial hasta que transcurra el plazo de presentación. La declaración no podrá modificarse, pero sí retirarse hasta las 17:00 horas. el 22 de enero de 2024. El Registro de Votantes cobrará una tarifa por cualquier declaración. Se debe enviar una solicitud por escrito para retirar una Declaración de Candidato a la Oficina del Registro de Votantes antes de la fecha límite indicada anteriormente.
Del 17 de enero al 16 de abril, durante los 90 días inmediatamente anteriores a una elección e incluido el día de las elecciones, las siguientes contribuciones que sumen un total de $1,000 o más deben informarse dentro de las 24 horas al Registro de Votantes.
Formulario 496: Presentar si se realizan gastos independientes de $1,000 o más.
Formulario 497: Presentar si se recibe una contribución de $1,000 o más en total de una sola fuente.
Contribución no monetaria: El destinatario de una contribución no monetaria de $1,000 o más debe presentar un informe del Formulario 497 dentro de las 48 horas siguientes al momento en que se recibe la contribución, presentado por entrega personal, correo electrónico, servicio nocturno garantizado, fax o en línea si está disponible.